ene. 25, 2021
Emprendimiento cooperativo: ¿De qué estamos hablando?
Emprendimiento Cooperativo
“El emprendimiento es el proceso de definir, diseñar, promover y gestionar un nuevo negocio con el fin de ofrecer bienes y/o servicios y asumiendo los riesgos propios de ese proceso y entre nosotros, los cooperativistas, puede definirse como la organización de las personas para autogestionar las necesidades comunes de un grupo de personas a través de una empresa cooperativa”.
Con estas palabras inició el conversatorio Carlos Acero Sánchez Presidente de Confecoop, este viernes 22 de enero en un FacebookLive que convocó a 400 asistentes, quién además afirmó que este tipo de procesos no se enseñan sino que se aprenden haciendo, y que es la práctica la mejor escuela de aprendizaje que tienen los emprendedores.
Acero dio a conocer las diferentes formas que existen a la hora de iniciar una actividad económica y una de ellas es el Emprendimiento Cooperativo, que con la expedición de la Ley 2069 de 2020, encuentra una serie amplia de instrumentos que estimulan y facilitan su promoción, como de oportunidades de desarrollo sostenible en lo social, económico y ambiental.
El primer aspecto a resaltar de esta ley en favor de la economía solidaria es el de reafirmar el carácter empresarial de las cooperativas, fondos de empleados y mutuales. Acero precisó que, si bien es cierto, “la Constitución Política reconoce las formas asociativas y solidarias de la propiedad y establece que el Estado debe promover, proteger y fortalecer dichas organizaciones y su desarrollo empresarial y que, igualmente la Ley 79 de 1988 define la cooperativa como una empresa de carácter asociativo, en la práctica teníamos una limitante en la comprensión del modelo por diferentes actores públicos o económicos”
De esa manera, en muchas ocasiones aparecían “barreras que impedían acceder a programas, planes y proyectos de la oferta institucional del Estado, en virtud del desconocimiento del modelo y de su marco conceptual y jurídico”, enfatizó Acero.
Y agregó “es muy significativo que en esta normatividad quede contemplado la consolidación del carácter empresarial de las cooperativas, ya que abre caminos para el desarrollo de múltiples actividades productivas a través de cooperativas, conviertiéndose en una auténtica ley de fomento del modelo cooperativo y de economía social.
Cómo segundo elemento destacó, que de los 84 artículos de la nueva ley de emprendimiento 42 aplican directamente a las organizaciones cooperativas, fondos y mutuales y, además, “hay 18 artículos que tienen una referencia específica al sector de las empresas de económia solidaria”.
Un tercer elemento que resalta Acero es que esta nueva Ley aplica para las cooperativas que desarrollan actividades productivas, es decir, aquellas empresas cooperativas del sector real de la economía, clasificadas como mipymes, de acuerdo con el Decreto 957/2019.
“Podemos recuperar un terreno que, por virtud deL conflicto en los territorios, el modelo cooperativo había perdido en el sector rural, por ejemplo.
Igualmente se da especial prioridad a los emprendimientos para mujeres rurales, jóvenes y emprendimientos scociales y verdes”. Enfatizó.
En cuarto lugar destacó que esta normatividad permite crear más cooperativas en ámbitos como la economía creativa, del cuidado, verde, circular y, en general, en las economías disruptivas. “El modelo cooperativo puede desarrollar actividades económicas de cualquier naturaleza, pues es transversal a la vida de la sociedad”, afirmó.
Destacó los beneficios que trae cada eje de la ley, destacando aspectos como la reducción de tarifas y trámites y el acceso a mejores condiciones para la desarrollar el emprendimiento empresarial y poder ingresar como actores al ecosistema de inversión y financiamiento.
Explicó los beneficios que trae para los actores de la economía solidaria “las mutuales se reducen de 25 a 10 personas para su conformación y además de la prestación de servicios sociales, podrán desarrollar actividades económicas enfocadas en la economía campesina, familiar y comunitaria.
En lo referente al sector cooperativo dijo que las Cooperativas podrán organizarse a partir de tres personas, las ratifica como empresas y se les permite asociar a micro, pequeñas y medianas empresas.
Explicó las oportunidades que brinda el eje de educación para la economía solidaria y cooperativa: “En cuanto al tema de educación hay un campo muy amplio que fortalece lo ya establecido en la ley 79 sobre educación cooperativa, en la nueva ley de emprendimiento, se recoge la propuesta del movimiento cooperativo, en el sentido de que la educación formal básica media y superior incorpore, de manera transversal, las bases de la economía cooperativa y solidaria, así como el SENA y otras entidades educativas.
Estas disposiciones, sin lugar a dudas, impactarán a la sociedad en su conjunto y se abre paso la promoción de la cultura de solidaridad económica y de ayuda mutua, aspecto fundamental para contribuir a una sociedad más solidaria”.
Acero cerró su intervención mostrando una matriz de impacto sectorial con las oportunidades y campos de aprovechamiento que tiene el sector para avanzar en virtud de la Ley 2069, fortaleciendo las cooperativas vigentes y estimulando su inserción en nuevas actividades economicas. “Hay un cambio de paradigma de la sociedad y en ese nuevo escenario las ideas cooperativas están de regreso y empiezan a ocupar un lugar de privilegio en la agenda pública para para el desarrollo local y regional, la formalziaciñon empresarial y la generación de trabajo digno y sostenible.” finalizó.
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