oct. 29, 2018
31 de enero, plazo para inscribir bases de datos
Las entidades cooperativas están a tiempo para cumplir con los Decretos 1115 de junio de 2017 y 1074 de mayo de 2015
Las entidades cooperativas están a tiempo para cumplir cabalmente este requisito, antes del 31 de enero, de acuerdo con los lineamientos de los Decretos 1115 de junio de 2017 y 1074 de mayo de 2015.
El aplazamiento se hizo teniendo en cuenta que el número de inscritos representaba menos del 25% del total de sujetos obligados. No obstante preocupa que al 31 de agosto de este año, la cifra apenas había ascendido a 146.910 personas jurídicas, es decir, el 27,3% de lo esperado.
Los plazos vigentes para hacer la inscripción son los siguientes:
Los responsables del tratamiento, personas jurídicas de naturaleza privada y sociedades de economía mixta inscritas en las cámaras de comercio del país, a más tardar, el 31 de enero de 2018.
Los responsables del tratamiento, personas naturales, entidades de naturaleza pública distintas de las sociedades de economía mixta y personas jurídicas de naturaleza privada que no están inscritas en las cámaras de comercio, a más tardar, el 31 de enero de 2019.
Las bases de datos que se creen con posterioridad al vencimiento de los plazos referidos, deberán inscribirse dentro de los dos (2) meses siguientes, contados a partir de su creación.
Cabe aclarar que la Superintendencia de Industria y Comercio no obliga a compartir el listado de quiénes conforman sus bases de datos; cuando se habla de registro se refiere a compartir aspectos relacionados con el tratamiento de la información, es decir, la recolección, el almacenamiento, el uso o la circulación de los datos, así como reportar el número de clientes y empleados.
Fuente: Ascoop
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